Teletrabajo: nueva modalidad laboral que animará a formalizar a las pequeñas empresas

(Por: Nora García Vásquez) Pareciera que nuestra pequeña empresa de periodismo digital no nació para ser regida por las actuales leyes laborales en el Perú o que los fiscalizadores del Ministerio de Trabajo, con su enfoque inquisidor antes que orientador, se han propuesto encontrar en las micros y pequeñas empresas el detalle, omisión o error para imponer sanciones y multas en miles de soles, cayendo en abusos y desproporciones que indignan.

Solo un microempresario, que suda día a día para generar ingresos, expandir sus mercados, fidelizar a sus clientes, y pagar puntualmente a sus trabajadores, puede sentir la impotencia de los líos legales y monetarios a los que el Ministerio de Trabajo nos arrastra, generando tensiones al pequeño empresario y la sensación de que sólo las empresas más grandes y consolidadas pueden ser partícipe del actual sistema laboral.

¿Qué hacer cuando el Ministerio de Trabajo impone una multa que es el triple de las ventas mensuales? ¿O sanciona por presentar un documento luego de 48 horas del plazo establecido, pese a que no se afectó algún derecho laboral? ¿Por qué insistir en llevar un registro diario de asistencia de trabajadores cuando éstos hoy no necesitan ir a la oficina, gracias a las nuevas tecnologías?

Precisamente para resolver la última interrogante, acudimos a la oficina de orientación laboral de la Dirección Regional de Trabajo de Áncash, para recibir orientación sobre la Ley N° 30036; que responda a las nuevas experiencias de teletrabajo de nuestra pequeña empresa de periodismo digital Perú en Línea Comunicaciones.

Ninguno de los servidores públicos pudo dar orientación sobre la ley que regula el teletrabajo en el Perú desde mayo del 2013; aduciendo que desconocían al respecto y, a la fecha, ninguna empresa en todo el ámbito regional había reportado un contrato bajo esa modalidad. Los tres primeros contratos de empleo de teletrabajo se firmaron, el 6 de febrero de este año en Lima.

El teletrabajo, tal como lo establece la ley, es una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones; en la que el teletrabajador no necesariamente está presente en el centro laboral y se beneficia de derechos como cualquier trabajador en planilla (seguro, periodo de lactancia, etc.).

Esta nueva modalidad laboral, aún poco difundida y conocida incluso por los funcionarios y fiscalizadores regionales y locales del Ministerio de Trabajo, es una excelente alternativa para las pequeñas y microempresas de servicios, aquellas cuya producción no está sujeta a un lugar físico, zona industrial, oficinas administrativas, etc.

Se trata de una ley que protege los derechos de los trabajadores “modernos” y que responde mejor a las nuevas realidades de empresas que empiezan a tener a las tecnologías como uno de los ejes de su desarrollo y crecimiento.
Una empresa nueva y pequeña hace el esfuerzo de sostenerse en el tiempo, muchas veces sin orientación.

Si el 99.6 por ciento de las empresas que existen en nuestro país son consideradas micro, pequeñas y medianas (más de 3.5 millones), ¿por qué no el Estado asume un rol más orientador, informativo, preventivo y promotor, antes que inquisidor y sancionador?

La difusión de la Ley de Teletrabajo podría dar un giro y promover la formalización de las pequeñas empresas, especialmente aquellas que trabajan en el rubro de servicios y que usan la tecnología y el internet como soporte de la gestión y producción. (Foto: Feriateletrabajo.com)

 

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