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Aprueban reglamento de la Ley que nivela pensiones para militares y policías en retiro

Chimbote en Línea.- La nivelación de las pensiones de policías y militares en retiro, mediante la publicación del reglamento de la Ley N° 30683, fue saludado por el Grupo Parlamentario de Alianza para el Progreso (APP) a través del congresista Richard Acuña Núñez, segundo vicepresidente del Parlamento Nacional.

“Con la publicación del reglamento en el Diario Oficial El Peruano se pone fin a la discriminación de pensiones que padecían más de 97 mil militares y policías en retiro”, resaltó el legislador tras destacar que la norma fue promovida por la bancada de APP a través del congresista Edwin Donayre, quien presentó el Proyecto de Ley N° 699/2016.

A su turno el congresista Donayre (APP), sostuvo que por fin se ha hizo justicia para los viejos y valientes uniformados de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

“Este es un logro de todos los pensionistas de las FF.AA. y PNP que han sido mi apoyo incondicional para lograr justicia con una pensión equivalente. Agradezco también la predisposición del Ejecutivo de optar por el cumplimento de la Ley N 30683 y hacerla efectiva desde enero del presente año”, expresó el parlamentario quien fue autor de la iniciativa legislativa y principal defensor de la norma.

El congresista indicó que con la publicación del reglamento se igualan las pensiones de los policías y militares que pasaron a la situación de retiro antes del 10 de diciembre de 2012 con aquellos que pasaron a retiro después de esa fecha.

Esta norma, que se desvirtuó durante el gobierno del expresidente Ollanta Humala, permitirá, finalmente, que los pensionistas de igual grado tengan un mismo salario, de manera indiscriminada”, anotó Donayre.

En noviembre pasado el Congreso aprobó por insistencia la ley a favor de militares y policías y estableció un plazo de 30 días para que el Ejecutivo emita este reglamento a fin de que se aplique el presente año.

La implementación de la ley se financiará a partir del presente año con cargo a los presupuestos de los pliegos del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior y a las respectivas asignaciones presupuestales que se aprueben.