Reniec: 32 de 236 solicitudes de revocatoria alcanzaron firmas válidas

Chimbote en Línea.-Entre el 23 de agosto y el 25 de noviembre, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) recibió 236 pedidos de verificación de firmas de ciudadanos que desean revocar el mandato de autoridades municipales en el año 2017.

Tras verificar 266,393 firmas, el organismo registral concluyó que solo 32 solicitudes alcanzaron la cantidad de firmas requerida para que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inicie el procedimiento de revocatoria.

Según lo establecido por la legislación peruana y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el mínimo de firmas válidas necesario para que sea atendida una solicitud de revocatoria equivale al 25 % de electores que, según su Documento Nacional de Identidad (DNI), residen en la misma jurisdicción electoral de la autoridad que quieren revocar. De los 32 expedientes que cumplieron este requisito, todos se refieren a autoridades distritales y el mayor número se encuentra en las regiones de Áncash (10) y Lima (Zuñiga en Cañete; Lincha, Madean y San Joaquín en Yauyos).

En los 236 casos, el RENIEC convocó a los promotores de las revocatorias y a las autoridades municipales involucradas para que ellos o sus representantes estén presentes durante las dos etapas de verificación de firmas. Por diversas razones una adhesión no pasó el proceso de verificación; generalmente debido a la falta de coincidencia entre el nombre y el número de DNI del ciudadano, o entre las rúbricas que figuran en su documento y en el planillón presentado al RENIEC.

Luego de la verificación, el organismo registral entregó los resultados a los promotores, los comunicó a la ONPE y los publicó en su página web para que puedan ser conocidos por cualquier ciudadano que tenga acceso a Internet. Ingresando a su portal institucional (www.reniec.gob.pe), es posible saber el número de adherentes de las solicitudes de revocatoria y el nombre de cada uno de ellos, además de la cantidad de firmas exigidas y válidas correspondientes.
 

 

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