Chimbote en Línea. - El Poder Judicial dispuso la exclusión de Keiko Fujimori y otros involucrados del delito de obstrucción a la justicia, en el juicio oral del caso Cócteles.
La decisión fue tomada por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, encabezado por la jueza Juana Caballero.
El sustento para ello es el pedido que el letrado Arsenio Oré –uno de los denunciados por el Ministerio Público por supuesta obstrucción a la justicia– planteó ante el Tribunal Constitucional (TC) por considerar que en la denuncia sobre este tema vulneró el debido proceso y la garantía a la imparcialidad.
Esta fue declarada procedente, por lo cual el TC ordenó al Poder Judicial dejar sin efecto lo actuado respecto al delito de obstrucción a la justicia.
La jueza Caballero señaló que la instancia a su cargo es respetuosa de lo que dicho organismo colegiado ha dispuesto y que entiende que se vulneraron derechos fundamentales puesto que la investigación al respecto debió realizarla otro fiscal a fin de no afectar el derecho a la imparcialidad.
“El pedido formulado por Oré Guardia, y luego hecho suyo por los otros abogados defensores de los comprendidos en este proceso, debe ampararse”, manifestó la magistrada.
En ese sentido dijo que se deja sin efecto lo actuado respecto al delito de obstrucción a la justicia, comprendiendo esto el juicio oral y los actos procesales efectuados.
Ello alcanza, además de a Oré, a Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlímper, y otros denunciados, así como al partido Fuerza Popular.
De igual modo, también se declaró infundada la pretensión de Oré de que se le excluya del caso Cócteles y de que se archive este.
Recursos de reposición
Al respecto, el fiscal José Domingo Pérez respondió señalando que presentará un recurso de reposición durante la audiencia que se desarrolla hoy.
Por su parte, los abogados de los investigados indicaron que presentarán recurso de reposición pidiendo al juzgado pronunciarse sobre la nulidad de lo actuado sobre el delito de organización criminal imputado por la fiscalía a sus defendidos.
Luego de ello, se escucharon las sustentaciones de los recursos de reposición mencionados.
Tras un breve receso destinado a analizar lo expuesto por el fiscal Pérez y los abogados defensores, la jueza Caballero señaló que los recursos fueron declarados infundados.
Con respecto a la pretensión de los defensores legales de los investigados de que se declarara nulo el proceso en lo que corresponde al presunto delito de organización criminal, la magistrada señaló que esto no puede disponerse a la luz de lo establecido por el TC sobre la investigación por obstrucción a la justicia.
Tras ello, se convocó a la continuación de este proceso para el 26 de agosto.(Fuente Andina)
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