Titular de la CSJS pide considerar “presunción de inocencia” en trabajadora implicada en “La Centralita”

Chimbote en Línea.- Tras los cuestionamientos sobre la trabajadora judicial, María Luisa Acosta Sánchez, implicada en el caso La Centralita, el presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa, Samuel Sánchez Melgarejo, mostró cierto respaldo aduciendo que sería bueno tomar en cuenta “la presunción de inocencia”.

Refirió que recién ha llegado a su despacho un documento donde ella le pide descanso médico que vence este 15 de setiembre, pero aún no lo revisa.

No obstante dijo que por ahora no hay ningún motivo para despedir a la servidora judicial, sobre quien pesa una orden de prisión preventiva de 18 meses, dictada por el Tercer juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte, sobre el sonado caso.

Vale precisar que Acosta Sánchez se le acusa de haber filtrado información del allanamiento que iban a efectuar cuatros fiscales del Ministerio Público al inmueble conocido como La Centralita.

“Entiendan (prensa) que los que son investigados no dejan de ser personas que tienen derechos, además recién hay una investigación. Ella no tiene condena penal. ¿Dónde está la presunción de inocencia?, está prófuga y tendrá sus razones”, expresó señalando que no se le puede rescindir su vínculo laboral con el ente de justicia porque se incurriría en abuso de autoridad y despido arbitrario.

Recordemos que en una oportunidad, Sánchez Melgarejo, manifestó que la prófuga trabajadora solicitó licencia sin goce de haber por un periodo de dos meses, el cual vencía el pasado 30 de agosto. Hoy ha  solicitado descanso médico y será él quien decide si confirma o revoca el pedido.

Por su parte el gerente de Administración de la Corte le habría negado el otro pedido que tramitó sobre la ampliación de su licencia sin goce de haberes.

“Nos informan que hoy ha sido elevado el expediente a mi despacho y tengo que evaluar si confirmo o revoco el pedido y pronunciamiento del administrador de la Corte. Si se confirma ella se tiene que reincorporar a su trabajo, sino en tres días se tendrá que romper el vínculo laboral por sus inasistencias”, sostuvo.

“En su momento tengo que emitir una decisión denegando o confirmando la decisión del administrador, de confirmarse, la trabajadora debe presentarse y si no lo hace en un plazo de tres días se rompería el vínculo laboral por inasistencias”, finalizó. (Texto y foto: Milton Palpa)

 

 

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