Chimbote en Línea (Economía) La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) redujo de seis a tres por ciento a la tasa del régimen de retenciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) , según resolución de la entidad recaudadora.
Mediante una resolución de la Sunat se estableció el Régimen de Retenciones del IGV aplicable a los proveedores y se designó a determinados sujetos como agentes de retención.
En tal sentido, el artículo 6° de la citada resolución dispuso que la tasa de la retención aplicable a los proveedores sería el seis por ciento del importe de la operación.
Sin embargo, la Sunat manifestó que se ha considerado conveniente reducir la tasa de retención que se aplica a las operaciones incluidas en dicho régimen.
Por lo tanto, en adelante el monto de la retención será de tres por ciento del importe de la operación.
En la disposición complementaria final única de la normal legal se informa que la medida entrará en vigencia el 1 de marzo del 2014 y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha. (Fuente: Andina)
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