Remarcó que el trabajador no perderá la posibilidad de acceder a dichos beneficios en tanto dure la vigencia del decreto de urgencia, es decir hasta el 30 de abril de 2013.
Asimismo, se mantendrá la suspensión prevista en el Decreto Legislativo 1084, con lo cual el armador pesquero no podrá iniciar procedimientos de terminación de la relación laboral que afecte a los tripulantes, de acuerdo con la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Ello como causa de la disminución de la flota que podría resultar a partir del establecimiento de los Límites Máximos de Captura por Embarcación.
El decreto de urgencia señaló que de no ampliarse los plazos establecidos previamente, los trabajadores pesqueros se verán afectados en sus ingresos, alterando de esta manera su estabilidad económica, toda vez que no lograrían cumplir con abastecer sus canastas familiares básicas.