Chimbote en Línea (Economía) Desde este mes, los trabajadores contratados bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) ya no tendrán la obligación de emitir recibos por honorarios. Por el contrario, ahora las entidades que los contratan tendrán que emitir las boletas de pago por los servicios prestados cada mes.
La Sunat adoptó esta medida para facilitar y simplificar los trámites de las empleadoras (instituciones pertenecientes al sector público a nivel nacional) para efectuar el pago de las remuneraciones.
Con ello, ahora al trabajador se le quita la carga administrativa, sostiene el abogado tributarista César Luna Victoria.
También se tendrá que considerar los contratos firmados en el 2012, pero cuyos servicios estén programados para efectuarse durante el presente año, señaló.
En tanto, la retención del Impuesto a la Renta de cuarta categoría estará en función al sueldo que perciban los trabajadores de este régimen.
"Los trabajadores CAS son profesionales independientes que pertenecen al rubro de quienes tienen rentas de cuarta categoría. Al igual que los trabajadores dependientes que están en planilla saben cuánto percibirán a fin de mes. Al quitarse la emisión de recibos por honorarios, ya no deberían retenerle el 10% del total de sus recibos emitidos", afirmó. (La Republica.pe)