“En definitiva, no (saldrá libre). Primero, porque el tribunal no lo permitiría; segundo, porque el Poder Judicial tampoco lo permitiría. Y tercero, porque esta persona tiene varias otras causas que han sido objeto de sentencias”, expresó.
El TC amparó en abril un hábeas corpus presentado por la defensa de Salazar Monroe, exjefe del desaparecido Servicio de Inteligencia Nacional, bajo el supuesto de que la Corte Suprema emitió tardíamente una sentencia en segunda instancia sobre este caso.
Al respecto, el titular del tribunal recordó que a esta institución acuden desde sentenciados por terrorismo hasta acusados por narcotráfico, porque saben que, indistintamente de sus apellidos o la naturaleza de sus delitos, sus casos pueden ser revisados.
“La razón de ser del tribunal es que los ciudadanos en su conjunto son todos iguales y requieren de un estudio de sus casos, y si el tribunal encuentra que se han violado sus derechos fundamentales en cuanto al proceso siempre lo tendrá que declarar, importando poco de qué delito se trate”, precisó.
En tal sentido, justificó el fallo emitido sobre Salazar Monroe porque su caso fue presentado al TC y sus magistrados debieron sentenciar de acuerdo a derecho.
Sin embargo, desestimó que otros sentenciados por el caso Barrios Altos, como Vladimiro Montesinos y Nicolás Hermoza, salgan libres utilizando la misma estrategia de Salazar Monroe, con la presentación de un hábeas corpus.
Aseveró que el TC, desde su formación, se ha caracterizado por haberse aliado a la lucha anticorrupción y comprometido con la protección de los derechos humanos.
“Y si es absolutamente necesario declarar el derecho de alguna persona que ha sido sentenciada por un delito de los considerados oprobiosos por la sociedad, tomará en su momento buena precaución de señalar que eso, sólo y exclusivamente, incide para el caso particular y no se puede extrapolar a otros casos”, aclaró.
De todos modos, refirió que el Poder Judicial ha anulado lo actuado y va a conformar un colegiado para emitir nueva sentencia en contra de Salazar Monroe, quien reclamaba haber permanecido en la cárcel sin sentencia por encima de los plazos legales.
De lo que se trata –agregó Álvarez– es que el Poder Judicial emita sentencia lo más pronto posible.
“El TC protege el derecho fundamental de tener una sentencia en un período de tiempo racional y proporcional, lo que no quiere decir que el señor Salazar salga en libertad o pueda anularse la sentencia en virtud del proceso que ya tuvo”, explicó.
El magistrado reconoció que Salazar Monroe pudo hacer uso de maniobras dilatorias para no tener sentencia a tiempo, y así presentar el hábeas corpus que le permitiera beneficiarse, pero también indicó que esas acciones son permitidas por el Código Procesal Penal.