Chimbote en Línea (Judic ial) El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Huaraz, dictó mandato de prisión preventiva por el plazo de 9 meses contra Eduardo Victoriano Pichilingue Minaya y Walter Egúsquiza Espinoza, supuestos autor y cómplice primario, respectivamente, de la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de Isaías Huerta Chávez, Herlinda Fernández Gómez, Elías Samuel Salazar Obregón y Horacio Marcos Causso, integrantes de la Comunidad Campesina “Tres de Mayo” de Llacuash (Bolognesi, Áncash).
Los hechos investigados se suscitaron el pasado miércoles 16 de abril del año en curso, en circunstancias en que los miembros de la citada comunidad, retornaban a su localidad de origen tras haber realizado el retiro de la suma de $/. 262.300.00 dólares americanos de una agencia bancaria de Huaraz.
Cuando se encontraron en la zona de Tacllán fueron interceptados por un automóvil del cual bajaron dos sujetos armados. Estos abrieron una de las puertas del vehículo donde viajaban los comuneros logrando arrebatarles la suma de S/. 5.500.00 Nuevos Soles.
Minutos después se desarrolló un operativo policial en el que fue capturado el investigado Pichilingue Minaya. Posteriormente, tras las primeras pesquisas fue incluido en la investigación el imputado Egúsquiza Espinoza, quien es miembro de la junta directiva de la mencionada comunidad campesina y sería el que habría brindado información a los facinerosos para que perpetren el robo.
La jueza Gabriela Saavedra de la Cruz dictó la medida preventiva, luego de haber evaluado los fundamentos del Ministerio Público, así como de la Defensa Técnica de los investigados, teniendo en cuenta la concurrencia de los tres presupuestos previstos en el artículo 268° del Código Procesal Penal (CPP), que exige la existencia de suficientes y graves elementos de convicción que vinculen a los imputados como autores o partícipes del hecho materia de investigación; que la pena supere los 4 años de privación de la libertad y que los imputados puedan eludir la acción de la justicia.
El delito materia de investigación está tipificado en el artículo 188° (tipo base), agravado por los incisos 3) y 4) del Primer Párrafo del artículo 189° del Código Penal (CP).
La resolución judicial dispone el internamiento de los investigados en el Establecimiento Penal “Víctor Pérez Liendo”, de la ciudad de Huaraz. (Nota de prensa CSJA)
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