
Chimbote en Línea. - El pedido de prescripción del delito de omisión a la asistencia familiar, solicitado por Luis Carlos Vásquez López, un padre de familia que no cumplió con el pago total de la pensión por alimentos devengados en favor de su menor hija, fue declarado infundado por el juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte del Santa, Einer García Suárez.
Durante la audiencia, el fiscal señaló que el incumplimiento de la liquidación de pensiones alimenticias ocurrió el 10 de enero de 2020, pues de los 2733 soles pendientes, el imputado solo pagó 200 soles.
El magistrado señaló que el delito de omisión a la asistencia familiar es considerado actualmente de naturaleza permanente y por ende no prescribe.
Por ello, consideró que el procesado mantiene una conducta ilícita de desacato y desprecio por cumplir sus obligaciones de padre, por lo que declaró infundada la solicitud, ordenando que Vásquez López cumpla con el pago total del monto adeudado y se prosiga con el juzgamiento.(Fuente Corte de Justicia del Santa)

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