Chimbote en Línea (Locales).- Mediante Decreto Supremo N° 006-2014-PCM, publicado el pasado 23 de enero del presente año, se logró modificar varios artículos del reglamento del Libro de Reclamaciones donde se encuentra incluido el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual establece diversas obligaciones de las empresas, establecimientos o negocios que ofrecen los servicios.
El presidente de la Asociación de Consumidores y Usuario de la Región Áncash (Acurea), Julio Roncal Briceño, se mostró satisfecho con estos cambios, pues dijo que en la anterior norma algunos artículos de varios rubros quedaban vacíos; específicamente en el sector transporte y las entidades bancarias, siendo esta última la más quejada los últimos años, por no ofrecer un buen servicio al cliente o usuario.
“Después de dos años y medio de la vigencia del libro de reclamaciones ya era oportuno que se modifiquen algunos artículos que tenían vacíos como en los bancos que desde ahora tienen la obligación abrir un sistema de atención preferencial para las quejas y reclamos de los usuarios”, expresó.
Asimismo, Roncal Briceño dijo que las empresas de transporte público urbano, interurbano, nacional e internacional están obligadas a consignar en sus unidades un número telefónico o cualquier otro medio para que el público pueda presentar su queja respectiva.
“Con la modificación del libro de reclamaciones, el usuario también tiene la obligación de registrar correctamente sus datos ante cualquier queja; no obstante, las entidades o negocios que cuenten con un libro virtual, deberán tener el respaldo de un libro físico ante cualquier problema que se presente en el sistema”, sostuvo.
Cabe indicar que las empresas tienen tres meses para su adecuación, de lo contrario se sancionará administrativamente hasta con 450 UIT, de acuerdo a la falta cometida. (Texto y foto: Milton Palpa)
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