Chimbote en Línea.- Los trabajadores independientes deberán consignar sus aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP) en los recibos de honorarios electrónicos que emitan, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Señaló que para garantizar el cumplimiento de sus nuevas obligaciones, los independientes deberán consignar dichos aportes de acuerdo a las tasas vigentes.
Como se sabe, desde el 1° de agosto los trabajadores independientes nacidos a partir del 1 de agosto de 1973 (menores de 40 años), que no se encuentren afiliados al SNP o al SPP, tendrán que optar por uno de ellos.
Tal condición se aplicará a aquellos trabajadores independientes cuyos ingresos mensuales sean iguales o mayores a una Remuneración Mínima Vital (RMV) fijada en 750 nuevos soles.
A fin de facilitar el registro de dichos aportes, la Sunat recomienda a los trabajadores independientes utilizar los Recibos por Honorarios Electrónicos (RHE).
Los RHE reemplazan a los tradicionales comprobantes impresos y se pueden emitir desde durante las 24 horas de día a través de Sunat Virtual.
Cabe precisar que para utilizar este sistema, el contribuyente deberá obtener, sin costo alguno y en cualquiera de los Centros de Servicios de la Sunat de todo el país, su Código de Usuario y Clave SOL.
Este tipo de comprobantes elimina los costos de impresión, gastos en la adquisición de libros contables y reduce prácticamente a cero el deterioro cuando se almacenan, puesto que se pueden consultar en la portal del ente recaudador.
Los RHE facilitan el llenado de los aportes de pensiones, registrando las tasas que el trabajador considere de acuerdo a su afiliación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), que está en el ámbito del SNP, o Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), entidades previsionales privadas.
Los trabajadores independientes pueden optar por emitir sus recibos por honorarios electrónicos, con las ventajas antes indicadas, o seguir usando manualmente los recibos por honorarios impresos, donde deberán incluir los espacios para aportes, comisiones y prima de seguros.
Siempre que el recibo sea emitido a un agente de retención (empresa a la que se brinda el servicio), a esta le corresponderá declarar y pagar los aportes del trabajador independiente, que se descontarán al momento del pago por sus honorarios.
En el caso de aquellos trabajadores independientes que hayan obtenido ingresos prestando servicios a sujetos que no sean calificados como agentes de retención o no les hayan retenido sus aportes, deberán seguir los siguientes pasos:
Si pertenecen al SNP deberán declarar y pagar el aporte utilizando el PDT 616 o el Formulario Virtual 616, disponible en Sunat Virtual.
Si pertenecen al SPP el aporte, la comisión y prima no retenida deberán ser cancelados por el mismo trabajador, en los lugares autorizados por las AFP.
En caso se perciban varios ingresos menores a una RMV, en un mismo mes, estos deberán sumarse y si superan los 750 nuevos soles serán declarados por el trabajador.
Para mayor información sobre el llenado de los recibos por honorarios impresos, el uso y ventajas del recibo por honorario electrónico, así como las tasas de los aportes, entre otros, los trabajadores independientes podrán visitar los Centros de Servicios de la Sunat, llamar a su Central de Consultas Telefónicas (315-0730 ó 0801-12-100) o ingresar a Sunat Virtual.
(Fuente: Andina)
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