Chimbotenlinea.com (Fuente RSD).- A través de una ordenanza, la Municipalidad Distrital de Santa dejó establecido que toda persona natural o jurídica que pretenda instalar infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, dentro del distrito, está obligada a obtener la autorización municipal correspondiente.
La Ordenanza Municipal Nº025-2011-MDS, fechada el 21 de octubre, busca establecer dentro del distrito la aplicación de la Ley Nº29022 para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones.
La norma aprobada precisa el trámite para los operadores telefónicos que deseen instalar infraestructura en telecomunicaciones. Sin embargo hay algunos aspectos en contrario que se toman en cuenta, entre ellos “un temor latente sobre la posibilidad de que este tipo de instalaciones pueda producir daños a la salud”, mencionó el alcalde Oscar Velarde Ichikawa.
Por tal razón se considera que deberán estar en una avenida con zonificación comercial y/o industrial, en una manzana donde se desarrolle únicamente actividad comercial o industrial, que los edificios donde se instalen tengan por lo menos 5 pisos de altura y estén ubicados a una distancia no menor de 500 metros de las zonas residenciales y a 300 metros de otra estructura similar, si la hubiera.
Quienes incumplan la ordenanza recibirían multas de 25% a 100% de una UIT, considerándose además la demolición o el desmontaje de lo construido, esto último con la salvedad de no aplicarse mientras esté en vigencia los efectos de la Ley Nº 29432.
En febrero pasado pobladores de Rinconada se movilizaron para exigir el retiro de una antena de telefonía móvil en proceso de construcción. Sin embargo la empresa Telefónica Móviles S.A. mantuvo la infraestructura amparándose en una falta de normatividad al respecto. Interpretando la ordenanza aprobada, significa que la antena en cuestión no será desmontada, pese a que inicialmente el municipio santeño había dicho lo contrario.