Chimbote en Línea (Política Nacional).-Los funcionarios y servidores públicos que incurran en delitos de colusión y peculado doloso no serán favorecidos por el mecanismo judicial de suspensión de la pena, de acuerdo a un proyecto de ley aprobado hoy en el pleno del Congreso, informó la agencia Andina.
La iniciativa fue aprobada por 54 votos a favor contra 32 en contra y ninguna abstención, al término del pleno matutino.
Los delitos de colusión y peculado doloso se atribuyen a los funcionarios y servidores públicos que se apropian ilegalmente de los recursos y bienes del Estado.
Según este norma, dictaminada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la suspensión de la ejecución de la pena privativa de la libertad no se aplicará a quienes incurran en los mencionados ilícitos, tipificados en los artículos 384, 287 y 388 del Código Penal.
El texto aprobado también modifica el artículo 57 de ese mismo cuerpo legal, el cual indica que la suspensión de la pena se aplica cuando la sentencia de privación de la libertad no es mayor de cuatro años; cuando el juez infiera que el sentenciado no volverá a cometer delito; y cuando este no sea reincidente.
El texto inicial implicaba la eliminación de este mecanismo para un gran número de delitos cometidos en el sector público.
Antes, el pleno del Congreso aprobó una iniciativa destinada a darle a los informes de la Contraloría General de la República la categoría de elementos probatorios en procesos judiciales.
El presidente de la Comisión de Justicia, Juan Carlos Eguren, señaló como ejemplo que, actualmente, las pericias contables que un inculpado presenta tras pedírselas a sus “amigos contadores”, tienen más valor de prueba que los documentos realizados por la Contraloría sobre el mismo tema.
La modificación al artículo 201-A del Código Procesal Penal aprobada trata de remediar esa situación y darle mayor fuerza al trabajo del organismo encargado de controlar a las entidades u funcionarios públicos, indicó.
Frente a las críticas de algunos parlamentarios, Eguren señaló que no se está constituyendo a las pericias de la Contraloría como “súper pruebas” determinantes, ya que serán los jueces quienes finalmente las evalúen.
El proyecto de ley fue aprobado con doble votación, tras alcanzar mayoría de votos a favor.
Durante la sesión, parlamentarios de diversas bancadas saludaron que se dé paso al debate de este tipo de proyectos de ley, que permiten un mejor y mayor control de los actos de corrupción que pudieran suscitarse en el aparato estatal. (Fuente: Andina)
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iran a prision
¡¡arriba el perú!!
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