Sunarp propone simplificar trámites para empresas y sociedades a nivel nacional
Chimbote en Línea. - La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(Sunarp) dio un nuevo paso hacia la simplificación de los servicios registrales
al publicar el proyecto de modificación del Reglamento del Registro de
Sociedades, una propuesta que busca facilitar los trámites de empresas y
ciudadanos mediante procedimientos más simples y eficientes, así como digitales
e interconectados.
La iniciativa parte de un objetivo concreto: que el usuario
no tenga que acudir a distintas oficinas registrales o presentar documentos
adicionales a los estrictamente necesarios, cuando sus trámites involucren
inscripciones en más de una oficina registral o comprenda más de una sociedad
con domicilios en diferentes partes del país.
Para ello, el proyecto plantea aprovechar la interconexión
y el acceso a la información registral con los que actualmente cuenta la
Sunarp, reduciendo actuaciones sucesivas y cargas administrativas.
Entre los principales cambios propuestos se encuentra
establecer competencia nacional para determinados actos societarios. Por
ejemplo, en un cambio de domicilio de una sociedad, el registrador de la
oficina del domicilio de origen podría realizar la inscripción, abrir la nueva
partida en la oficina correspondiente al nuevo domicilio, efectuar la migración
de los asientos y cerrar la partida anterior.
UN SOLO TRÁMITE, INCLUSO CUANDO INTERVIENEN DISTINTAS
OFICINAS Y DIFERENTES SOCIEDADES
La propuesta también contempla simplificaciones para
operaciones empresariales que involucran registros ubicados en diferentes
partes del país.
En el caso de una fusión de sociedades inscritas en
distintas oficinas registrales, el registrador correspondiente a la oficina
registral de la sociedad absorbente o a la nueva sociedad tendría competencia
nacional para calificar e inscribir la fusión. Similar regla sería de
aplicación a los demás actos de reorganización societaria que comprendan más de
una sociedad con diferentes domicilios.
Asimismo, cuando una empresa realice un aporte de capital
mediante bienes inscritos en diferentes oficinas registrales, el registrador
encargado de la constitución de la sociedad, aumento de capital o pago del
capital suscrito podría calificar e inscribir también las transferencias de
esos bienes, incluso cuando se encuentren registrados en otras oficinas.
La propuesta alcanza también a la inscripción de sucursales
de sociedades constituidas en el Perú, estableciendo competencia nacional del
registrador correspondiente a la sociedad para efectuar la inscripción en el
lugar donde funcionará la nueva sucursal.
RESERVA DE NOMBRE COMPLETAMENTE EN LÍNEA
Otro de los cambios planteados está relacionado con la
reserva de denominación o razón social. El proyecto establece que cualquier
interesado podrá solicitarla y que el procedimiento se realizará íntegramente
en línea a través del SID-Sunarp. La reserva mantendría una vigencia de 30 días
hábiles desde el día siguiente de su concesión.
Con estas modificaciones, la Sunarp busca adecuar una
regulación aprobada originalmente en 2001 a las actuales posibilidades de
tramitación electrónica e interconexión registral. La institución ha
identificado disposiciones que actualmente generan cargas administrativas
innecesarias y que afectan la simplicidad, oportunidad, eficiencia y
predictibilidad de los servicios del Registro de Sociedades.
“Estamos poniendo la tecnología y la capacidad de
interconexión de la Sunarp al servicio de las personas y de quienes generan
empresa en el país. Queremos que los procedimientos sean cada vez más simples y
que el ciudadano no tenga que asumir pasos innecesarios o presentar documentos
adicionales a los estrictamente indispensables, en la tramitación e inscripción
de los actos de sus empresas. El objetivo es avanzar hacia un servicio
registral más ágil, predecible y cercano”, señaló el superintendente nacional
de la Sunarp, Armando Miguel Subauste Bracesco.
CIUDADANÍA PODRÁ PRESENTAR SUS APORTES
La publicación del proyecto abre además un periodo de
participación ciudadana. La Resolución N° 00203-2026-SUNARP/SN establece un
plazo de 15 días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación,
para que entidades públicas, privadas y ciudadanía en general presenten
comentarios, aportes y opiniones.
Estos podrán presentarse en las oficinas de trámite
documentario de las oficinas registrales del país, mediante la mesa de partes
virtual de la Sunarp o a los correos electrónicos habilitados en la resolución.
La Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral estará
encargada de recibir, procesar y sistematizar los aportes.
Con esta propuesta, la Sunarp busca que la modernización
registral se traduzca en menos cargas administrativas, mayor uso de
herramientas digitales y procedimientos más simples para ciudadanos y empresas,
fortaleciendo un servicio público conectado con las necesidades actuales del
país.