Hasta el 2004, el pago por canon era comparativamente alto. Se calculaba el monto a través del número de celulares vendidos por las empresas y de sus antenas transmisoras (o estaciones base). Ambas cantidades se multiplicaban por un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y luego se sumaban.
Hubo una primera reducción de canon el 2005. Se dejó de lado el número de antenas y solo se multiplicó el número de celulares por un porcentaje de la UIT. Además, por los celulares de provincia se pagó un porcentaje menor que por los celulares de Lima. (Ver Decreto Supremo)
Otra reducción se produjo el 2006. A mayor número de celulares por empresa se determinó el pago de un porcentaje menor de la UIT. (Ver Decreto Supremo)
Pero, el cambio más radical vino en diciembre de 2006. Justo cuando el crecimiento de ambas empresas se disparaba, se dejó de calcular el canon en base al número de celulares vendidos y se dispuso que se calculara con una fórmula compleja que incluía variables como coeficiente de ancho de banda, coeficiente de área y número de canales. La complejidad tuvo, sin embargo, un simple resultado: pagos mucho menores. Ello se hizo a través del Decreto Supremo 043-2006-MTC, firmado por Alan García.
El fuerte beneficio de este Decreto, que se otorgaba del 2007 al 2011, suponía un compromiso de las empresas privilegiadas: estas debían expandir su cobertura a 250 distritos seleccionados por el Ministerio de Transportes (MTC).
Esta exigencia fue suavizada mediante unas adenda firmadas por Telefónica Móviles S.A y América Móvil Perú S.A.C. (Claro). Estas –cuya legalidad pudiera ser cuestionable– precisaban que no era necesario cubrir todo el territorio de los 250 distritos. Bastaba con brindar cobertura en la capital del distrito, o en uno, dos o más centros poblados que sumaran entre ellos más de 80 viviendas.
Gracias a esta ventaja legal, Telefónica Móviles y Claro dejaron de pagar por lo menos 460 millones de soles por canon durante los siguientes cinco años, hasta el fin de 2011. Y ese pago menor es solo en relación con el estatus legal inmediatamente anterior, el del DS 030-2005, que ya suponía una considerable rebaja sobre los criterios anteriores. Ambas empresas pagaron 301 millones de soles desde el 2007 hasta el 2011, pero con régimen legal de 2006 hubieran desembolsado 761 millones. (ver infografía).
Por ejemplo, el 2009 Telefónica hubiera tenido que pagar 101 millones de soles por canon (pagó solo 30 millones), pero su utilidad neta ese año fue de 661 millones. El 2010, Telefónica hubiera pagado 120 millones por canon (pagó solo 29.6 millones), y tuvo utilidades netas de 731 millones de soles.
Por su parte, Telefónica afirmó que cumplió con llevar cobertura a “los 140 centros poblados” que le correspondían luego de la formalización del compromiso con el Estado y que esto fue supervisado por Osiptel. Si esto es cierto, la fiscalización debió hacerse el año pasado, pues Osiptel, antes del 2011, nunca realizó verificación de la cobertura que reportan las empresas de telefonía. (Ver ‘Cobertura Ficticia‘).
A Claro se le preguntó lo mismo que a Telefónica, pero la empresa respondió primero que su portavoz “está de vacaciones” y luego que no iba a dar ninguna respuesta. (Fotos: Andina e IDL)