Chimbote en Línea. – Un sujeto de nombre Marcos Antonio Regalado Salinas de 42 años aceptó haber realizado tocamientos indebidos a una joven estudiante universitaria y evitó ir a la cárcel.
El Poder Judicial lo sentenció a tres años de pena privativa de la libertad suspendidos en su ejecución por el plazo de dos años, así como el pago de una reparación civil de mil soles en favor de su víctima.
Este individuo aceptó su delito y se acogió a la terminación anticipada de un proceso en su contra por el delito de violación de la libertad sexual en la modalidad de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento, en agravio de una joven universitaria de 22 años.
La madrugada del pasado 10 de abril, la agraviada se encontraba por abrir la puerta de su vivienda, en inmediaciones de la avenida Buenos Aires, cuando repentinamente apareció Regalado Salinas.
Este individuo se abalanzó sobre la mujer y la comenzó a tocar por todo el cuerpo, intentando besarla. Por fortuna, dos policías que circulaban a bordo de un patrullero se percataron del hecho y acudieron en su auxilio.
Visiblemente afectada por el ataque, la joven dijo desconocer a su agresor y señaló que le realizó tocamientos en sus zonas íntimas. Marco Regalado solo atinó a pedir disculpas.
El Ministerio Público le abrió un proceso por el delito de violación de la libertad sexual en la modalidad de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento y solicitó ante el juzgado una medida de comparecencia con restricciones.
Durante la audiencia, el abogado defensor de Regalado Salinas solicitó al magistrado un tiempo para conferenciar con el fiscal, a fin de buscar una salida alternativa de terminación anticipada. Su patrocinado se declaró culpable del delito y dijo el ataque se produjo cuando estaba bajo los efectos del alcohol.
La Fiscalía señaló que el acuerdo arribado consistía en una condena de tres años de prisión, suspendidos en su ejecución por el mismo plazo sometido a reglas de conducta, así como el pago de una reparación civil de mil soles en favor de la agraviada. El acuerdo fue aceptado y la sentencia dictada en el acto.
Según el artículo 176° del Código Penal, el delito de actos libidinosos sin consentimiento se reprime con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de seis años. (Redacción Central)
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