Chimbote en Línea. - El juez que condenó a pena suspendida al exalcalde del distrito de Pampas (provincia de Pallasca), Marcial Valerio Chávez, por colusión, utilizó como base un acuerdo plenario referido al delito de peculado y nunca motivó el cómo, cuándo y dónde se habrían realizado los actos de concertación clandestina.
Así lo señaló en la audiencia de apelación de sentencia contra el ex alcalde de Pampas, Marcial Valerio Chávez, el conocido abogado capitalino Benji Espinoza Ramos, tras considerar que los jueces superiores de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte del Santa no pueden avalar un criterio al margen de la ley.
Benji Espinoza dijo que el juez de primera instancia cometió tres errores de motivación que debería absolver a su patrocinado o en el peor de los casos, anular el juicio y ordenar uno nuevo para un mayor esclarecimiento de los hechos.
“El primer grave error es que se le condena a mi patrocinado por colusión, que es un delito que exige contar con elementos que el funcionario se concertó con el proveedor, sin embargo, en la sentencia se le responsabiliza a Marcial Valerio de no cautelar los recursos públicos” indicó.
“Otro error, es que el juez utiliza el acuerdo plenario 04-205 que es una jurisprudencia de peculado que nada tiene que ver con colusión y finalmente, y lo cual considero es más grave, es que se le haya condenado a mi patrocinado por colusión sin establecer ni siquiera de manera indiciaria el cómo, cuándo y dónde, se realizó el acuerdo colusorio” agregó el letrado.
Los jueces superiores también escucharon la postura de la Fiscalía Superior y Procuraduría Anticorrupción quienes solicitaron se confirme la condena de 4 años de pena suspendida a 3 años en contra del ex alcalde de Pampas y sus coimputados.
Según la Fiscalía, todos ellos se coludieron para beneficiarse con ocho órdenes de servicios. Los integrantes de la Sala Penal darán a conocer su decisión el jueves 3 de diciembre. (Redacción Central)
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