PJ sentencia a cuatro años de cárcel suspendida a expresidente regional César Álvarez

Chimbote en Línea.-. La doctora Vilma Marineri Salazar Apaza, jueza del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Áncash (CSJAN) sentenció a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida,  condicionalmente en su ejecución por tres años, bajo reglas de conducta, a César Joaquín Álvarez Aguilar, expresidente regional de Áncash.

Esta sentencia es por considerarlo autor de la comisión del delito contra la Administración Pública – Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, en la forma de Malversación de Fondos agravado, en agravio del Estado – Gobierno Regional de Áncash.

La sentencia incluye la  inhabilitación por el plazo de tres años, declarándose en consecuencia, la privación de la función, cargo o comisión que ejercía el condenado, aunque provenga de elección popular y la incapacidad o impedimento para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público.

La magistrada también ordenó el pago de S/.147,879.00 soles, solo por daño patrimonial, como reparación civil a favor de la entidad agraviada, en ejecución de sentencia en el término de 8 meses.

El ahora sentenciado César Joaquín Álvarez Aguilar, el 18 de marzo de 2010, en ese entonces presidente regional de Áncash, suscribió un convenio de cooperación interinstitucional con la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), con el objetivo de ejecutar la actividad "Programa de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas en el Departamento de Ancash".

Es así que el Ministerio de Economía y Finanzas transfirió al Gobierno Regional de Áncash (GRA) un presupuesto ascendente a S/. 430,322.00, que, de acuerdo a la suscripción, sería utilizado exclusivamente para la ejecución del programa arriba citado.

Sin embargo, el GRA, representado por Álvarez Aguilar, de manera unilateral y sin ninguna justificación, redujo el presupuesto asignado (S/. 430,322.00) a S/. 282,443.00, resultando la diferencia de S/.147,879.00, monto que fue finalmente utilizado en gastos y pagos de distinta naturaleza a la actividad motivo del convenio con DEVIDA.

Es de precisar que las reglas de conducta impuestas al sentenciado deberán ser cumplidas una vez egrese del Establecimiento Penal donde actualmente se encuentra recluido.

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