Chimbote en Línea.- Cinco empresas envasadoras y comercializadoras de GLP (gas licuado de petróleo) vienen siendo investigadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) por presuntamente haber acordado fijar el precio de este combustible, en sus presentaciones envasadas y a granel, entre los años 2005 y 2011.
Los involucrados son: Repsol Gas del Perú S.A. (Solgas), Zeta Gas Andino S.A. y Lima Gas S.A. El acuerdo es particular en cuanto a la participación de Llama Gas S.A. y Forza Gas E.I.R.L., ya que la primera empresa solo habría participado en 2010 a nivel nacional, mientras que la segunda empresa solo habría participado en 2011 en la ciudad de Huancayo.
Debido a las constantes acciones de fiscalización realizadas por el Indecopi, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) se reveló que estas empresas habrían coordinado el incremento simultáneo y en diversas oportunidades del precio del GLP, por lo que Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra ellas.
Es así que el importe ascendería entre S/. 0.50 y S/. 2.00 para la presentación en balón de 10 kg; mientras que, entre US$ 14.28 y US$ 16.69, por tonelada métrica para el resto de presentaciones envasadas y la venta a granel.
Así también no habrían comunicado a los consumidores la reducción del factor de aportación dispuesto por el Ministerio de Energía y Minas en 2009, medida impuesta en su momento para evitar la volatilidad del precio. Lo mismo ocurrió con la reducción del 1 % del IGV que el gobierno dispuso para todos los productos a partir de marzo de 2011.
Esta conducta habría afectado la libre competencia en el mercado del GLP, a nivel nacional, ya que Repsol-Solgas (30 %), Zeta Gas (14 %), Lima Gas (10 %) y Llama Gas (9 %), abastecen el 63 % de GLP en el país.
Además la CLC decidió iniciar un procedimiento administrativo sancionador contra las siguientes personas naturales por su probable participación en el planeamiento y ejecución del cártel de precios:
Cabe recordar que la legislación nacional de competencia prohíbe que las empresas se pongan de acuerdo entre sí para fijar el precio de los productos u otras condiciones comerciales (cártel) porque ello afecta al consumidor y al mercado al anular la competencia. (Con información de Indecopi)
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