Alumnos no pueden ser impedidos de rendir exámenes por retrasos en pago de pensiones

Chimbote en Línea.- Los alumnos de los centros educativos privados no pueden ser retirados del salón de clase por retrasos en el pago de las pensiones de enseñanza, tampoco se les puede prohibir rendir los exámenes, informó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi)

Según la autoridad, de acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor la única medida que las instituciones educativas privadas podrían aplicar, para hacer cumplir las obligaciones económicas, sería retener la libreta de notas o el certificado de estudios al finalizar el año escolar, siempre y cuando dicha condición haya sido informada al momento de la matrícula.

Además, que los centros educativos privados se encuentran obligados a brindar información por escrito, a los padres de familia o tutores, antes de finalizar cada ciclo escolar y durante el proceso de matrícula, sobre el monto y fecha de pensiones del siguiente periodo educativo, así como la posibilidad de incremento de estas.

Entre el 2011 y agosto de 2014, Indecopi advierte que se impuso más de 2 mil sanciones a 918 entidades que brindan el servicio de educación inicial, primaria y secundaria.

Entre las principales infracciones figuran la falta de idoneidad (direccionamiento de compra de uniformes o útiles, falta de entrega de boletas o facturas, entre otras); no contar con el Libro de Reclamaciones; cobro de cuotas extraordinarias, falta de información de condiciones económicas y cobro de pensiones adelantadas.

Es por ello, que la Autoridad, recomendó a los padres a informarse antes de contratar un servicio educativo, a través del servicio “Mira a quién le compras” (http://www.indecopi.gob.pe/miraaquienlecompras/), para conocer el ranking de las instituciones educativas más sancionadas. (Redacción central-con datos de nota de prensa)

 

 

 

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