Williams Vizcarra: “Victoria Espinoza sería inhabilitada del cargo cuando la sentencia condenatoria sea firme y consentida”

Chimbote en Línea.- El presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa, Willians Vizcarra Tinedo, refirió que el juez David Aguilar Ponce actuó de acuerdo a ley al suspender la ejecución de la sentencia condenatoria de siete años de prisión contra de la alcaldesa provincial Victoria Espinoza García.

El titular de la Corte explicó que en el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) existen nuevas herramientas que han motivado a que el magistrado disponga la no confirmación de la sentencia, a fin de que se ejecute en la instancia superior, para ello ha fijado reglas de conducta que los procesados deben respetar hasta que la Sala Penal de Apelaciones confirme o no su resolución.

 “El NCPP tiene figuras de orden procesal nuevas e innovadoras, de manera que cuando la pena supera los 4 años, de todas maneras es de carácter efectiva. En este caso al no estar firme la condena, la sentencia podría suspenderse en su ejecución hasta que se adquiera esa condición. Acá no hay nada ilegal ni irregular”, sostuvo.

Dijo que también será el juez quien decida si aplica o no este criterio, “en este caso, su decisión ha sido motivada se motiva por factores que estimo ha tomado en cuenta al momento de emitir su resolución final. En este caso se considera que el imputado no haya rehuido a la justicia, que haya acudido a todas las audiencias y debe esperar que la segunda instancia se pronuncie”, anotó.

Vizcarra Tinedo mencionó que el magistrado optó por esta condición de acuerdo a su criterio. “Es decir no ejecuto de inmediato la sentencia hasta que la Sala de Apelaciones se pronuncie. El pasar a esta etapa es parte de una figura procesal legítima que optó el magistrado de acuerdo a su criterio”, subrayó.

Respecto a la posible inhabilitación en el cargo de Victoria Espinoza, aclaró que la misma procederá siempre y cuando la sentencia sea firme y esté consentida por lo tanto podrá seguir ejerciendo el cargo. Seañaló que lo mismo no ocurría con el código anterior, pues la inhabilitación era inmediata aun cuando recién se había apelado a la sentencia.

En el caso del pago de la reparación civil de 1 millón 200 mil soles que podría pagar la alcaldesa junto a los procesados, la Procuraduría Pública deberá tomar las acciones que le permitan garantizar el pago, así como los embargos y otras acciones.

(Redacción Central)

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