La norma fue aprobada por el Congreso por insistencia y publicada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se exonera de cumplir las obligaciones establecidas en el reglamento de la Ley 27037 para obtener este beneficio a las empresas que presten dichos servicios en el departamento de Madre de Dios y en diversos distritos de Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, Huancavelica, La Libertad y Piura.
Para ello, se incorpora el párrafo 13.3 a la citada norma, en donde se detallan las localidades en las que se ubican las empresas para las que regirá la exoneración del IGV.
Asimismo, como disposición complementaria final se precisa que el Poder Ejecutivo adecuará, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, el Reglamento de la Ley 27037 a esta modificación.
La Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada.(Andina)
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