Nueva versión del botón de pánico es más amigable

Chimbote en Línea.- La nueva versión del Servicio Judicial de Alerta: Botón de Pánico, implementada por el Poder Judicial (PJ), incorpora innovadoras funcionalidades y mejoras que convierten a esta herramienta digital en un aplicativo más amigable para las víctimas de violencia en riesgo severo a quienes se les instala en su celular como consecuencia de una resolución judicial, para brindarles una atención diligente, eficaz y oportuna, ante un hecho o amenaza de violencia.
 
Así lo dio a conocer la jueza suprema titular Elvia Barrios Alvarado, presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, quien proporcionó detalles sobre esas mejoras y nuevas funcionalidades.
 
Herramienta digital
 
En diálogo con el Diario Oficial El Peruano la magistrada manifestó que si bien desde el 2018 siempre se trabajaba con una versión del botón de pánico, se optó por mejorarla, con lo cual se elaboró una nueva versión (Versión 002) que permite que ahora esta herramienta digital sea más amigable.
 
En efecto, el PJ debido al avance de la tecnología consideró necesario actualizar la interfaz y funcionamiento la primera versión del aplicativo lanzado en aquel año como piloto, por lo que, desde el 2024 este poder del Estado trabajó en una nueva versión más amigable, tanto para las usuarias como para la Policía y el Serenazgo.
 
De este modo, en la Versión 002 del botón de pánico, además de la alerta al centro de monitoreo, se comparte la ubicación de la víctima a un familiar por WhastApp. “Para que el familiar tenga conocimiento que es lo que está pasando con la víctima en ese momento”, indicó Barrios Alvarado.
 
A su vez, se incorpora la función de monitoreo, que permite a la Policía o Serenazgo visualizar el estado actual de la atención de las alertas emitidas.
 
Otra novedad consiste en la incorporación de una casilla para que la Policía o el Serenazgo detalle cómo se atendió la alerta. “Si se cumplió el objetivo, si se otorgó verdadera protección, si la alarma fue verdadera o si fue una falsa alarma”, precisó.
 
A esto se suma la integración de la herramienta digital con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), para la validación de datos, y con el Sistema Integrado Judicial, para la verificación de las medidas de protección vigentes.
 
“Lo que pasa es que aun cuando se emite la medida de protección, se tienen los datos de la víctima y del agresor, se pueden dar otras circunstancias”, dijo Barrios Alvarado.
 
La magistrada citó por ejemplo que puede ocurrir que la víctima que tenga el botón de pánico no necesariamente sufra el ataque del agresor registrado sino de otra persona, en cuyo caso se validarán los datos de esa otra persona.
 
También la Versión 002 del botón de pánico permite que esta herramienta digital esté disponible para celulares del sistema operativo IOS (Iphone), mediante el App Store, y Android, por intermedio de un APK.
 
Funcionamiento
 
Para usar el aplicativo, la víctima en situación de riesgo debe ingresar al mismo previamente instalado en su celular.
 
El aplicativo mostrará un botón de alerta, el cual debe deslizarlo para activar la alarma. Tras ello, automáticamente su ubicación y el seguimiento de sus movimientos son visualizados en un centro de monitoreo al que tiene acceso la Policía o el Serenazgo, que también escucharán una alarma que solo se desactivará cuando la víctima haya sido atendida.
 
Despliegue
 
A criterio de Barrios Alvarado, esta herramienta digital indudablemente ayuda al sistema de justicia a cumplir su función en general.
 
En ese contexto, confirmó que en la actualidad el botón de pánico se encuentra desplegado en los 34 distritos judiciales. Esto, teniendo en cuenta que desde cada corte superior se podrá supervisar cómo son atendidos los casos, lo que refuerza, en mayor medida, una actuación articulada con la Policía o el Serenazgo.
 
Ante ello, ya se ha capacitado al personal técnico informático de las cortes superiores, para el procedimiento de instalación, configuración y uso del aplicativo móvil, así como del sistema de monitoreo del botón de pánico.
 
Adicionalmente, cada corte superior de justicia coordinará con personal de la Policía y Serenazgo de su jurisdicción para que los capaciten en dicho sistema de monitoreo.
 
“Desde que lanzamos el botón de pánico hemos emitido 19,428 disposiciones para que se use y ha sido utilizado por las víctimas 23,980 veces”, indicó Barrios Alvarado.
 
La jueza precisó que con la nueva versión de esta herramienta digital existen 858 víctimas registradas, de las cuales 275 víctimas anotadas ya la han usado.
 
Barrios Alvarado invocó a las víctimas usar de manera responsable el botón de pánico y accionarlo cuando sea absolutamente necesario. “Tengan la seguridad y la tranquilidad de que este aplicativo funciona eficazmente y les permite tener protección inmediata en una situación riesgo”, expresó la magistrada suprema.
 
En tanto, a las autoridades policiales y del Serenazgo les invocó no rotar al personal capacitado en el uso del aplicativo de la unidad donde esté trabajando.
 
Antecedentes
 
La Ley N°30364 estableció un proceso especial para atender de manera célere, oportuna y eficaz a las víctimas de estos flagelos. En ese contexto, encomendó al PJ la tarea de emitir medidas de protección orientadas a resguardar la vida, integridad y salud de las víctimas.
 
Ante ello, este poder del Estado advirtió que no basta con la emisión de la medida de protección; sino que se requiere que la Policía y el Serenazgo las ejecuten. Por ello, la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial impulsó, en el 2018, la creación de un aplicativo que alerte a estas instituciones e informe la ubicación de las víctimas ante situaciones de riesgo, denominado botón de pánico.
 
Se trata de una herramienta digital que se proporciona a las víctimas de violencia en riesgo severo, como consecuencia de una resolución judicial que les otorga medidas de protección y dispone su instalación en sus respectivos celulares, con el propósito de brindarles una atención diligente, célere, eficaz y oportuna, en el marco de la Ley Nº 30364, ante un hecho o amenaza de violencia. (Fuente: El Peruano)

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