Chimbote en Línea.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recuerda
que, si un ciudadano se encuentra en una de las listas definitivas de miembros
de mesa, pero no podrá ejercer este rol, debe solicitar una excusa ante el
organismo electoral, pero solo dentro de los cinco días siguientes a la
publicación de la relación correspondiente.
Las solicitudes de excusa se presentan de manera presencial
en una Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), ingresando al
enlace https://excusaojustificacion.onpe.gob.pe/ o a través de la mesa de
partes virtual externa de la ONPE, adjuntando un documento de sustento que
demuestre la causal invocada.
A la fecha, personal de algunas oficinas descentralizadas de
procesos electorales (ODPE) se desplaza hacia los distritos más alejados de
algunas circunscripciones para terminar de efectuar la publicación de la lista
definitiva de miembros de mesa.
Se puede solicitar una excusa en los siguientes casos:
• Haber
cumplido 65 años.
• Ser una
mujer gestante o en periodo de lactancia de niños hasta los dos años de edad.
• Necesidad de
ausentarse del territorio nacional o encontrarse fuera de este.
• Tener un
notorio o grave impedimento físico o mental.
• Encontrarse
comprendido en uno de los impedimentos establecidos por la ley:
o Ser cónyuge o
pariente de otro miembro de la misma mesa dentro del segundo grado de
consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos) o afinidad (suegros,
yernos, nueros, cuñados, padrastros y hermanastros). Puede solicitar la excusa
el miembro de menor jerarquía.
o Ser un miembro en
actividad de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú que realiza
actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
o Ser un miembro
del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
o Ser funcionario o
empleado de los organismos electorales.
o Ser un miembro
del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realiza funciones
relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
o Ser un
funcionario de la Defensoría del Pueblo que realiza supervisión electoral.
o Ser autoridad
política o representante proveniente de elección popular.
Como complemento a la publicación definitiva de miembros de
mesa hecha por las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) en
su oportunidad, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habilitó un
enlace que permite a los ciudadanos certificar, de manera categórica, si fueron
seleccionados miembros de mesa para los comicios del 4 de octubre.
El link detalla el cargo que se deberá ejercer el día de los
comicios, sea como presidente, secretario o tercer miembro. También proporciona
el número de la mesa y número de orden en la lista de electores, así como el
distrito, provincia y región donde está ubicada. Igualmente, el enlace permite
descargar la respectiva credencial de miembro de mesa y deriva a una sección
para capacitarse a partir del 5 de setiembre hasta el 3 de octubre.